Bases del sorteo «No Pagues Papel Durante un Año»
Propuesta pendiente de aprobación
Estas bases las ha redactado el equipo de Photobooth360Store el 7 de septiembre de 2026 y están pendientes de aprobación por la dirección. Recogen las condiciones que la empresa propone aplicar al sorteo; si alguna cambiara antes de la aprobación, este documento se actualizará y la fecha de la versión quedará indicada al final.
1. Empresa organizadora
La empresa organizadora del sorteo es TWO MILLIONS DREAMS S.L. (en adelante, «la Organizadora»), con C.I.F. B13744396 y domicilio social en Calle Correa de Araujo n.º 2, 41702 Dos Hermanas (Sevilla), España, titular de la tienda photobooth360store.com. Para cualquier cuestión relacionada con este sorteo, el único canal de contacto es hello@photobooth360store.com.
La promoción no está patrocinada, avalada ni administrada por ninguna red social ni por DNP, cuyos productos se entregan como premio sin que ello implique relación alguna entre dicho fabricante y esta promoción.
2. Naturaleza del sorteo y gratuidad
La participación es gratuita y no está sujeta a la compra de ningún producto ni servicio. No existe sobrecoste alguno por participar más allá del que el participante tenga contratado para su acceso a internet con su operador.
3. Ámbito territorial y personas que pueden participar
Podrán participar las personas físicas mayores de 18 años con residencia en España, Portugal, Francia, Alemania o Italia, que sean titulares de la dirección de correo electrónico y del número de teléfono facilitados.
Quedan excluidas de participar:
- Las personas socias, administradoras y empleadas de la Organizadora, así como sus familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.
- Las personas que trabajen para empresas proveedoras o colaboradoras que hayan intervenido en la preparación de esta promoción.
- Quien facilite datos falsos, incompletos o pertenecientes a terceras personas.
Se admite una sola participación por persona, identificada por su dirección de correo electrónico. Si una misma persona se inscribe varias veces, todas sus inscripciones contarán como una única participación.
4. Periodo de participación
El plazo para participar comienza el 1 de septiembre de 2026 y termina el 31 de diciembre de 2026 a las 23:59 (hora peninsular española). Las inscripciones registradas fuera de ese plazo no entrarán en el sorteo.
El plazo se cuenta desde el 1 de septiembre porque es la fecha en que se abrió la inscripción en la web: quien se apuntó desde entonces participa en igualdad de condiciones.
5. Cómo se participa
Para participar basta con rellenar el formulario de inscripción al boletín que aparece en photobooth360store.com, bien en la ventana de suscripción, bien en el bloque situado al final de las páginas, facilitando nombre, dirección de correo electrónico y teléfono.
La inscripción conlleva el alta en el boletín de Photobooth360Store, del que se puede dar de baja en cualquier momento desde el enlace que incluye cada correo, sin que la baja afecte a la participación en el sorteo.
6. Premio
Se sortea un único premio: el papel de impresión que necesite el fotomatón de la persona ganadora durante doce meses, materializado en doce cajas de papel térmico DNP, una al mes, del formato y modelo compatible con su impresora, hasta un valor máximo total de 1.200 € IVA incluido.
A título orientativo, una caja de papel DNP de 10 × 15 cm rinde entre 300 y 1.400 impresiones según el modelo de impresora, de modo que doce cajas cubren el consumo habitual de un fotomatón que realiza en torno a cuatro eventos al mes.
El premio incluye el envío gratuito de cada entrega al domicilio que indique la persona ganadora dentro del ámbito territorial de la cláusula 3.
El premio no incluye: impresora ni ningún otro equipo, consumibles distintos del papel, formatos no comercializados por la Organizadora, ni la entrega del importe en metálico. El premio no es canjeable por dinero ni transferible a otra persona, y no se admite su cambio por otros productos del catálogo.
Si durante el periodo de entrega alguno de los formatos dejara de estar disponible, la Organizadora lo sustituirá por otro de características y valor equivalentes.
7. Elección de la persona ganadora
El sorteo se celebrará el 15 de enero de 2027 mediante un sistema aleatorio informático entre todas las participaciones válidas, y quedará documentado en un acta interna que la Organizadora conservará y podrá facilitar a cualquier participante que lo solicite por correo electrónico.
Se elegirán además tres suplentes, por orden, que recibirán el premio si la persona ganadora no puede ser localizada, no acepta el premio o no cumple los requisitos de estas bases.
8. Comunicación y aceptación del premio
La Organizadora comunicará el resultado a la persona ganadora por correo electrónico a la dirección facilitada en la inscripción, dentro de los siete días naturales siguientes al sorteo.
La persona ganadora deberá responder aceptando el premio en un plazo de diez días naturales desde el envío de esa comunicación, y facilitar los datos necesarios para la entrega: nombre y apellidos, documento de identidad, dirección de envío, teléfono y modelo de impresora. Transcurrido ese plazo sin respuesta, el premio pasará al primer suplente.
La aceptación del premio autoriza a la Organizadora a publicar el nombre de pila y la provincia o país de la persona ganadora en su web y en sus canales, con la única finalidad de acreditar el resultado del sorteo. No se publicarán fotografías, apellidos completos ni ningún otro dato, y esta autorización no da derecho a contraprestación alguna.
9. Entrega del premio
La primera caja se enviará dentro de los treinta días naturales siguientes a la aceptación del premio, y las once restantes a razón de una por mes, en la fecha aproximada que se acuerde con la persona ganadora. Las entregas no consumidas no son acumulables más allá del plazo de doce meses desde la primera.
10. Fiscalidad
El premio de este sorteo constituye una ganancia patrimonial en especie sujeta a la normativa fiscal aplicable en el país de residencia de la persona ganadora.
Para las personas residentes en España, y por tratarse de un premio en especie de valor superior a 300 €, la Organizadora practicará e ingresará el ingreso a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que corresponda, asumiendo su coste, y entregará a la persona ganadora el certificado correspondiente para que pueda incluir el premio en su declaración de la renta. La obligación de declarar el premio corresponde a la persona ganadora.
Las personas residentes en otros países serán responsables de cumplir las obligaciones fiscales que su legislación establezca.
11. Protección de datos
Responsable del tratamiento: TWO MILLIONS DREAMS S.L., C.I.F. B13744396, Calle Correa de Araujo n.º 2, 41702 Dos Hermanas (Sevilla), hello@photobooth360store.com.
Los datos facilitados se tratarán con dos finalidades: gestionar la participación en el sorteo y la entrega del premio, y enviar el boletín comercial de Photobooth360Store. La base jurídica de ambos tratamientos es el consentimiento que se presta al enviar el formulario de inscripción, y puede retirarse en cualquier momento —incluida la baja del boletín— sin que ello afecte a la licitud del tratamiento anterior.
Los datos de las participaciones no premiadas se conservarán mientras dure el sorteo y durante el plazo de prescripción de las posibles reclamaciones; los del alta en el boletín, en tanto no se solicite la baja. Los datos de la persona ganadora se conservarán durante los plazos exigidos por la normativa fiscal y contable.
Los datos podrán ser tratados por los proveedores que prestan servicio a la Organizadora —plataforma de tienda, envío de correo y transporte—, siempre como encargados del tratamiento y con las garantías exigidas por la normativa. No se cederán a terceros con otras finalidades ni se venderán.
Cualquier persona puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y portabilidad escribiendo a hello@photobooth360store.com, así como presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos. Más información en la política de privacidad.
12. Reservas y limitaciones
La Organizadora se reserva el derecho a excluir a cualquier participante que incumpla estas bases, facilite datos falsos o utilice medios fraudulentos —entre ellos crear varias cuentas de correo, emplear sistemas automatizados o suplantar la identidad de otra persona— y a reclamar el premio ya entregado si el incumplimiento se detecta con posterioridad.
Si por causas ajenas a su voluntad el sorteo no pudiera celebrarse en las condiciones previstas, la Organizadora podrá modificar estas bases o cancelar la promoción, comunicándolo por los mismos medios en que se publicaron y sin que ello genere derecho a indemnización. En ningún caso una modificación podrá perjudicar a quien ya haya participado.
La Organizadora no se responsabiliza de las incidencias ajenas a su control que impidan recibir la comunicación del premio, como una dirección de correo mal escrita, un buzón lleno o un filtro de correo no deseado.
13. Aceptación de las bases y legislación aplicable
La participación en el sorteo implica la aceptación íntegra de estas bases y del criterio de la Organizadora en la resolución de cualquier cuestión derivada de la promoción.
Estas bases se rigen por la legislación española. Para la resolución de cualquier controversia, serán competentes los juzgados y tribunales que determine la normativa de defensa de las personas consumidoras, que reconoce a quien participa el derecho a acudir a los de su domicilio.
Las bases están disponibles de forma permanente y gratuita en esta página durante todo el periodo de participación.
Versión del 7 de septiembre de 2026. Documento redactado por Photobooth360Store y pendiente de aprobación por la dirección de la empresa.